LA CNC abre expediente sancionador a Madiapro, FC Barcelona, Sevilla y Racing

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto expediente sancionador a la operadora de televisión Mediapro y a los clubes de fútbol Barcelona, Sevilla y Rácing de Santander por firmar contratos por los derechos audiovisuales de la Liga y la Copa del Rey (excluyendo la final) por más de tres temporadas.

El expediente "no prejuzga el resultado final de la investigación", que durará seis meses, sino que se centra en un posible incumplimiento de las resoluciones de la CNC en los contratos firmados por las citadas sociedades, según una nota de la propia Comisión.

En abril de 2012, la CNC resolvió que "los contratos superiores a tres años tendrían efectos restrictivos sobre la competencia en el mercado de la adquisición de estos contenidos y en los mercados 'aguas abajo' de reventa y explotación de los mismos".

Es decir, la CNC dictó que tres años era un plazo excesivo de adquisición de los derechos audiovisuales de competiciones de fútbol porque "no permitía una salida al mercado lo suficientemente periódica de los derechos audiovisuales de los equipos de fútbol como para asegurar que haya una competencia efectiva por los mismos".

Los citados clubes y Mediapro firmaron después de esta resolución contratos "que excluyen del mercado los derechos de clubes de fútbol por una duración superior a las tres temporadas" y, "a la vista de lo anterior", la CNC abre expediente para indagar un posible incumplimiento de sus instrucciones siempre según la citada nota.

Mediapro no cambiará su 'modus operandi'

Nada más conocerse la resolución de la CNC, la productora catalana ha emitido un comunicado en el que "quiere hacer constar que sigue siendo la legítima titular de los derechos audiovisuales de los clubes de fútbol de Primera y Segunda División para la próxima temporada. Únicamente un tribunal de justicia puede dictaminar la resolución de dichos contratos, por lo que Mediapro está plenamente capacitada y jurídicamente respaldada para seguir explotándolos con normalidad".

Desde Mediapro defienden que la resolución de la CNC es "incompatible" con el artículo 21 de la Ley Audiovisual: "Los contratos de adquisición de los derechos de las competiciones futbolísticas no podrán exceder de 4 años. Los contratos vigentes desde la entrada en vigor de la presente Ley, permanecerán válidos hasta su finalización".

Asimismo, considera que "una resolución de la CNC no puede, en modo alguno, estar por encima de una Ley votada y aprobada por el Parlamento.
Mediapro interpondrá inmediatamente un Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional contra la resolución del Consejo de la CNC de 3 de mayo, con solicitud expresa de adopción de las medidas cautelares pertinentes, y recuerda que la Audiencia Nacional en febero de 2011 señaló hasta en tres ocasiones a la CNC su "obligación de dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Transitoria Duodécima de la Ley 7/2010 (la Ley General Audiovisual)".

Fuente: EFE

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