Diez & Romeo publica la primera Guia Practica del concurso de Radio FM


Cuestión previa



Las manifestaciones efectuadas en el presente documento son considerandos de carácter general y no constituyen un asesoramiento jurídico técnico propiamente dicho, no siendo susceptible de ser invocado en ningún Tribunal o Juzgado a los efectos de hacerlo valer para defender pretensiones impugnatorias de ningún tipo




Didáctica



La sistemática de esta guía consiste en plasmar las respuestas a las preguntas que más se han planteado en los nuevos concursos de radio y TDT surgidos tras la aprobación de la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual (en adelante, LGCA), el pasado 31 de marzo de 2010.

        


Generalidades




1.- ¿Cuándo debo de presentar la documentación?

La fecha límite es el 16 de diciembre de 2011, a las 14:00 horas.


2.- ¿En dónde he de presentarla?

En la Dirección General de Promoción Institucional, situada en la Calle Caballeros, 9, Valencia.
También lo puedo hacer a través de la Oficina de Correos por el procedimiento administrativo.


3.- ¿Qué documentación debo de presentar?

Junto a la solicitud se han de presentar dos bloques de documentos debidamente estructurados en 2 sobres cerrados:
Sobre 1 Documentación administrativa
Sobre 2 Oferta Técnica, que consta de 3 apartados: Programación, Viabilidad Económica y Propuesta tecnológica.




SOLICITANTES Y SUS LIMITACIONES



Hay varias causas que dan lugar a la inadmisión de los solicitantes, con lo cual se deberá tener las cautelas necesarias para evitar la exclusión.



Nacionalidad




4.- ¿Quiénes pueden optar a las licencias de radio FM?

Pueden presentar solicitud tanto (i) las Personas Físicas; como (ii) las personas jurídicas: Empresas, Asociaciones, Fundaciones, etc…


5.- ¿Pueden presentarse extranjeros?

Aparte de los españoles se pueden presentar personas físicas y jurídicas:
A.-  Ciudadanos de la Unión Europea (en las bases denominada Espacio Económico Europeo)
B.- Ciudadanos extracomunitarios: siempre que en sus países de origen permitan presentarse a los españoles a concursos de esta misma naturaleza (Principio de reciprocidad)


6.- ¿Qué límites tienen los ciudadanos extracomunitarios?

Aparte de lo derivado de la reciprocidad, la participación extracomunitaria en una empresa está permitido siempre que:
A.- el máximo de capital social que ostente una sola persona física o jurídica extracomunitaria no supere el 25%.
B.- La suma de la participación de varias personas extracomunitarias sea inferior al 49%.





Límites del orden público audiovisual



7.- ¿Cuáles son las eliminaciones de los licitadores por causas de orden público audiovisual?

No podrán participar en el concurso público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1.- Los que hayan sufrido revocación de licencias o concesiones en los últimos 2 años

2.- Los que hayan tengan participaciones en empresas que hayan visto sus licencias revocadas en los últimos 2 años

3.- Los que hayan visto sus actividades audiovisuales prohibidas en un país de la Unión Europea en los últimos 2 años

4.- Los que hayan sido declarados en concurso de acreedores, incluso los que lo hayan solicitado

5.- Los que hayan sido condenados por Sentencia penal firme en relación a ciertos delitos

6.- Los que no se hallen al corriente de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social

7.- Los que incurran en falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia

8.- Los que sean altos cargos públicos de las Administraciones Públicas o tengan conflicto de intereses por ser cargos electivos

9.- Los que retiren indebidamente su candidatura (el proyecto de radio FM) en el procedimiento de adjudicación.


8.- ¿Qué consecuencias acarrea incurrir en alguna de estas causas?

La causa será la eliminación de la empresa de la licitación. Es decir, si alguna de estas causas concurre serán rechazados en la primera fase




Límites derivados del pluralismo en el mercado audiovisual



9.- ¿Qué finalidad se persigue con este tipo de límites?

El principal objetivo es evitar la creación de monopolios empresariales en el sector audiovisual, por eso se establecen una serie de limitaciones que impiden la concentración de licencias de Radio FM o TDT.


10.- ¿Cuáles son las eliminaciones de los licitadores por razón del pluralismo en el mercado audiovisual?

En concreto, los límites relacionados con el pluralismo son los siguientes:

1.- En una misma localidad (por ejemplo Alicante) una misma persona no podrá controlar más de la mitad del total de licencias existentes (las otorgadas en este concurso más las dadas en los anteriores). Asimismo, el máximo que podrá ostentar bajo su control es de 5 licencias.

2.- En el ámbito de la Comunidad Autónoma, ninguna persona podrá controlar más del 40% de las licencias existentes en los ámbitos en los que sólo tenga cobertura una única licencia.
3.- En el ámbito de cobertura estatal ninguna persona podrá controlar más de un tercio de las licencias

Comentarios

Entradas populares